CONVENIO AA 20-21 OFICIAL

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CONVENIO FE/AA-2020-2021 ACADÉMICO DE ACOMPAÑAMIENTO CT / /2020 “ESTE PROGRAMA ES PÚBLICO, AJENO A CUALQUIER PARTIDO POLÍTICO. QUEDA PROHIBIDO EL USO PARA FINES DISTINTOS A LOS ESTABLECIDOS EN ELPROGRAMA”.

CONVENIO DE LA PRESTACIÓN DE SERVICIO, QUE CELEBRAN POR UNA PARTE EL CONSEJO NACIONAL DE FOMENTO EDUCATIVO “EL CONAFE”, REPRESENTADO EN ESTE ACTO POR EL DIRECTOR DE OPERACIÓN TERRITORIAL, EL LIC. EMILIO RAMÓN RAMIRO FLORES DOMÍNGUEZ AUXILIADO PARA EL CUMPLIMIENTO DEL PRESENTE INSTRUMENTO POR EL COORDINADOR TERRITORIAL PARA EL SERVICIO EDUCATIVO, EL LIC. JESÚS ADÁN SANTIAGO PAULINO, EN EL ESTADO DE OAXACA Y POR LA OTRA EL(LA) JOVEN __________________________________________A QUIEN SE DENOMINARÁ EN LO SUBSECUENTE "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO", AL TENOR DE LAS DECLARACIONES Y CLÁUSULAS SIGUIENTES: DECLARACIONES 1.

DE “EL CONAFE”:

1.1.- Que es un organismo descentralizado de la Administración Pública Federal con personalidad jurídica y patrimonio propio, agrupado en el sector coordinado por la Secretaría de Educación Pública “EL CONAFE” que tiene por objeto el fomento educativo a través de la prestación de servicios de educación inicial y básica con equidad educativa e inclusión social, a la población potencial u objetivo, bajo el modelo de Educación Comunitaria. 1.2.- Que es representado en este acto por su Director de Operación Territorial, con fundamento en lo establecido en los artículos, 5 fracción III, inciso c), 15, 16 fracción IV, 21 fracciones III, VIII, IX y XLVIII del Estatuto Orgánico de “EL CONAFE”, así como del Acuerdo por el que se reforman, adicionan, y derogan diversas disposiciones del citado Estatuto, publicados en el Diario Oficial de la Federación el 29 de noviembre del 2016 y el 19 de julio del 2019, respectivamente, en relación con el contenido del Primer Testimonio del instrumento notarial número 119,428 (ciento diecinueve mil cuatrocientos veintiocho), del Libro 2,837 (dos mil ochocientos treinta y siete), de fecha diecinueve de noviembre de dos mil diecinueve, protocolizada por el Lic. Rafael Arturo Coello Santos, Titular de la Notaría número treinta de la Ciudad de México, el cual contiene, entre otros, poder general para pleitos y cobranzas, así como para actos de administración a su favor.

1.3.- Que el Director de Operación Territorial se auxiliará del (de la) Coordinador (a) Territorial para el Servicio Educativo de “EL CONAFE” en el Estado de Oaxaca para el cumplimiento del objeto del presente convenio, así como para el seguimiento y supervisión de las obligaciones a cargo de "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO”, de conformidad con el artículo 21 fracciones V y VI de Acuerdo por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones del Estatuto Orgánico del Consejo Nacional de Fomento Educativo publicado en el Diario Oficial de la Federación el diecinueve de julio de dos mil diecinueve. Queda en resguardo de la Coordinación Territorial para el Servicio Educativo en el estado de Oaxaca el original con las firmas respectivas, salvo indicación por escrito en contrario. 1.4.- Que con fecha veinticinco de junio de dos mil veinte la Junta de Gobierno autorizó la implementación de la estrategia denominada “Huella Territorial”, la que tiene entre otros propósitos, reorientar para hacer más eficiente la actividad de educación, supervisión y acompañamiento que

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realizan las Figuras Educativas, particularmente, "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO” para la coordinación, apoyo, supervisión y orientación a los/las Lideres para la Educación Comunitaria en servicio, tanto en la comunidad como en las actividades de formación permanente. Con base en el programa autorizado por el Órgano de Gobierno de la Entidad, estas Figuras Educativas realizarán las funciones de coordinación, apoyo, supervisión y orientación a los Líderes para la Educación Comunitaria de los niveles educativos de Preescolar, Primaria y Secundaria, donde le sea encomendado. 1.5.- En fecha trece de agosto de dos mil veinte se publicó en el Diario Oficial de la Federación el ACUERDO número 15/08/20, por el que la autoridad educativa federal establece los calendarios escolares para el ciclo lectivo 2020-2021, aplicables en toda la República para la educación preescolar, primaria, secundaria, normal y demás para la formación de maestros de educación básica. En su artículo Primero se establece el calendario escolar de ciento noventa días para el ciclo lectivo, 2020-2021, aplicable en toda la República para las escuelas de educación básica (preescolar, primaria y secundaria), públicas y particulares incorporadas al Sistema Educativo Nacional. Asimismo, en su artículo Tercero señala que el inicio de cursos del ciclo lectivo 2020-2021 para educación básica, será del veinticuatro de agosto de dos mil veinte y concluirá el nueve de julio de dos mil veintiuno. Finalmente, el dispositivo Cuarto prevé las directrices en caso de que no existan las condiciones sanitarias adecuadas con motivo de la pandemia denominada SARS-CoV2 (COVID- 19). 1.6.- Que para los efectos de este convenio señala como domicilios para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en Avenida Universidad, Número 1200, Colonia Xoco, Alcaldía Benito Juárez, Código Postal 03330, Ciudad de México; y/o el de Calle Privada de Sauce, No. 7, Colonia Fraccionamiento Lomas de Sierra Juárez, Código Postal 68287, en la Ciudad de San Andrés Huayapam, Estado de Oaxaca. 2.

DE "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO”:

2.1.- Que es de nacionalidad , con estudios de , con carrera en y cuenta con ______años de edad y que señala como domicilio para oír y recibir todo tipo de notificaciones y documentos el ubicado en _. 2.2.- Que es una Figura Educativa que prestó durante uno o dos ciclos escolares su Servicio Social Educativo como Líder para la Educación Comunitaria en alguno de los Programas o modalidades educativas de “EL CONAFE” y que por su destacada labor, la Coordinación Territorial para el Servicio Educativo en el Estado de Oaxaca, lo invita a participar en el siguiente ciclo escolar para coordinar, apoyar, supervisar y orientar a los Líderes para la Educación Comunitaria, tanto en la comunidad como en la formación de las mismas.

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2.3.- Que es su deseo y voluntad colaborar temporalmente con “EL CONAFE”, prestando un Servicio para coordinar, apoyar, supervisar y orientar a los Líderes para la Educación Comunitaria en servicio, tanto en la comunidad como en la formación de estas. 3.

DE LAS PARTES:

Ambas partes manifiestan lo siguiente: 3.1.- Que el día de del año 20 suscribieron un convenio con el objeto de formalizar la prestación del Servicio Social Educativo durante el ciclo escolar 20- 20 como “ ”. 3.2.- Que el día de del año 20 suscribieron un convenio con el objeto de formalizar la prestación de un segundo año de Servicio Social Educativo durante el ciclo escolar 20- 20 como “ .” 3.3.- El tiempo prestado con carácter de “ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO” si procede, podrá reconocerse, proporcional o totalmente, para efectos del otorgamiento del apoyo económico para continuar sus estudios en el instrumento jurídico correspondiente. En ningún caso se reconocerá el presente servicio ni se otorgará el apoyo económico para continuar estudiando si éste ya gozó o tiene reconocido por “EL CONAFE” la totalidad de meses para su otorgamiento. Conforme a las declaraciones que anteceden, las partes otorgan las cláusulas siguientes:

CLÁUSULAS

PRIMERA. - DEL OBJETO. El objeto del presente convenio es formalizar el Servicio que prestará "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO” durante el ciclo escolar 20 -20 consistente en coordinar, apoyar, supervisar y orientar a los Líderes para la Educación Comunitaria en servicio de los niveles educativos de Preescolar, Primaria y Secundaria tanto en la comunidad como en las actividades de formación de aquéllos con el propósito de colaborar en el desarrollo del Programa o Modalidad que opera “EL CONAFE”, y que en adelante se le denominará el servicio. SEGUNDA. - DE LA FORMACIÓN. Previo a la prestación del Servicio "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO” deberá concluir el proceso de formación en la modalidad, fecha y horario establecido por “EL CONAFE”, teniendo las partes los derechos y obligaciones que a continuación se señalan: DE "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO”:

a. No faltar y asistir puntualmente a las actividades de la formación y a la experiencia práctica, en la modalidad, fecha y hora que “EL CONAFE” determine;

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b. Participar activamente en los procesos de formación con la finalidad de lograr los propósitos de este y cumplir con el perfil requerido para el desempeño del servicio que presta; c. Entregar la documentación necesaria para la integración de su expediente técnico a través del sistema SIIINAFE; d. Aprobar el curso de formación, conforme a las normas y criterios establecidos; e. Devolver a “EL CONAFE” los materiales bibliográficos asignados, o en caso de no ser seleccionado como "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO” o causar baja de los procesos de formación; f. Brindar un trato amable, respetuoso y digno que garantice la integridad física y emocional de los alumnos que son atendidos en los servicios educativos de “EL CONAFE”, respetando los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes y de los integrantes de la comunidad, así como a todos los participantes y en general de todas las personas con las que tenga trato; g. Tratar respetuosamente a todos los participantes y al personal responsable de los procesos de formación, así como a todo el personal de la Coordinación Territorial para el Servicio Educativo en el Estado de Oaxaca y de Oficinas Centrales de “EL CONAFE”. DE “EL CONAFE”: a. Impartir el curso de formación que se realizará dentro del periodo comprendido del de ____________del 20 __ al _____de ___________del 20____, en el horario y modalidad que previamente señale “EL CONAFE”; b. Proporcionar durante el proceso de formación a "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO” un apoyo económico para atención médico-quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, en caso de accidente, enfermedad o incapacidad total permanente, por la cantidad que determine “EL CONAFE” de acuerdo con lo que se estipula en la normatividad aplicable vigente, siempre y cuando no cuente con seguro facultativo; c. Otorgar en el proceso de formación y durante la prestación del servicio, en caso de fallecimiento de "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO”, a su(s) beneficiario(s) designado(s) un apoyo económico para gastos de funeral por la cantidad de $50,000.00 (Cincuenta mil pesos 00/100 M.N.). Para efectos de lo anterior "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO” designa, indistintamente, como su(s)beneficiario(s) a quien(es) es (son) mayor(es) de edad, mismo(s) que será(n) reconocido(s) con ese carácter por “EL CONAFE” hasta en tanto aquél/aquélla no realice nueva designación;

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d. Otorgar apoyo económico por traslado, alimentación y hospedaje para reuniones de formación; salvo que esta se realice en forma tal que no requiera traslados, alimentación y/u hospedaje. e. Proporcionar de acuerdo con su capacidad presupuestaria los materiales bibliográficos, didácticos y contenidos digitales necesarios para el desarrollo de la formación; y, f. Tratar respetuosamente a todos los participantes de los procesos de formación. TERCERA. - DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO. Las partes convienen que la prestación del Servicio se regirá de conformidad con los siguientes derechos y obligaciones: DE "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO”: a. Realizar la prestación del Servicio durante todo el ciclo escolar, consistente en coordinar, apoyar, supervisar y orientar a las y los Líderes para la Educación Comunitaria de los niveles educativos de Preescolar, Primaria y Secundaria tanto en la comunidad como en las actividades de formación de aquellos de conformidad con el Calendario Escolar 20__ -20__. Lo anterior será aplicable una vez que la o las autoridad/es que resulten competentes, declaren que existen las condiciones sanitarias que lo permitan; en tanto ello ocurre se prestará el servicio para coordinar, apoyar, supervisar y orientar a las y los Líderes para la Educación Comunitaria en servicio de los niveles educativos de Preescolar, Primaria y Secundaria y la formación de aquellos, conforme a las directrices que por conducto de los servidores públicos competentes y mediante los mecanismos de comunicación que resulten pertinentes, emita “EL CONAFE”. El presente párrafo aplicará en lo conducente en todas aquellas obligaciones que impliquen presencia permanente en comunidad, grupo, aula y/o concurrencia, de manera enunciativa pero no limitativa las que se precisan en los incisos c, f, n y q, que abajo se enuncian; b. Cumplir con las actividades que disponga “EL CONAFE” en el marco de Programa Aprende en Casa II, incluyendo apoyo, supervisión, orientación y visitas de seguimiento académico a los Líderes para la Educación Comunitaria y sus alumnos, que le sean asignados; c. Dar seguimiento y orientación a los Líderes para la Educación Comunitaria en la comunidad de lunes a viernes, exceptuando los periodos de formación o de tareas extraordinarias requeridas por el Servicio, los tiempos de receso o vacaciones escolares, atendiendo a la disposición de cumplir con los días que marca el calendario escolar; d. Cumplir con las actividades del programa o modalidad educativa correspondiente, de acuerdo con los lineamientos técnicos, pedagógicos y operativos establecidos; e. Preparar, apoyar, realizar el seguimiento y evaluación de los procesos de formación inicial y permanente en la fecha, horario y modalidad que determine “EL CONAFE”, así como del desempeño de los Líderes para la Educación Comunitaria y Caravaneros;

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f. Proporcionar asesoría técnica y pedagógica a los Líderes para la Educación Comunitaria y/o Caravaneros de su microrregión, mediante visitas a comunidad, dentro y fuera del aula y jornadas de observación; g. Apoyar en el seguimiento académico de los servicios educativos atendidos por “EL CONAFE” y en la integración de informes estadísticos, apoyar en el análisis y verificación de los informes de control escolar; h. Atender temporalmente a los alumnos de un servicio educativo cuando el Líder para la Educación Comunitaria abandone la comunidad y no exista otro Líder para la Educación Comunitaria que lo cubra; i. Suplir en la función educativa al Líder para la Educación Comunitaria seleccionado como aspirante a Académico(a) de Acompañamiento; j. Promover la participación comunitaria a través de los ejes de desarrollo comunitario, comunidades de aprendizaje y gestión; k. Rendir los informes periódicos que le requiera “EL CONAFE”; l. Promover las condiciones que favorezcan interculturalidad, equidad de género y la no discriminación, a través de la promoción y el ejercicio de los derechos humanos; m. Utilizar los materiales educativos, auxiliares didácticos, dispositivos y contenidos digitales de apoyo proporcionados por “EL CONAFE” y devolverlos a la Coordinación Territorial para el Servicio Educativo en el Estado de adscripción a la conclusión de su participación o baja en los programas educativos que opera “EL CONAFE”; n. Dar seguimiento pedagógico en campo, generar evidencia, entre otras, de imagen fotográfica de las actividades que realiza e informar por los medios y plazos que “EL CONAFE” le requiera; o. Brindar un trato amable, respetuoso y digno que garantice la integridad física y emocional de los alumnos que son atendidos en los servicios educativos de “EL CONAFE”, respetando los derechos humanos de las niñas, niños y adolescentes y de los integrantes de la comunidad; p. Tratar respetuosamente a todos los participantes y al personal responsable de los procesos de formación, así como a todo el personal de la Coordinación Territorial para el Servicio Educativo en el Estado de adscripción y el de Oficinas Centrales de “EL CONAFE”; q. Participar en acciones culturales, deportivas, recreativas o de cualquier índole, que contribuyan a su desarrollo personal; r. Apoyar, asesorar y participar en los procesos de formación permanente dirigidos a las Figuras Educativas;

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s. Participar en las reuniones preparatorias y de evaluación; t. Canalizar a la Coordinación Territorial para el Servicio Educativo en el Estado de adscripción, previa aplicación de un instrumento de evaluación diagnóstica diseñado por las áreas competentes de “EL CONAFE” a las niñas, niños y adolescentes con desventajas en el desempeño escolar derivado de las visitas a las comunidades; u. Orientar a los miembros de la APEC; v. Coordinarse con las Figuras Educativas de otros Programas o Modalidades Educativas de “El CONAFE”, para que se apoyen mutuamente en el cumplimiento de los propósitos de aprendizaje de los alumnos. DE “EL CONAFE”: a. Entregar a "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO” durante la prestación del Servicio un apoyo económico mensual, por la cantidad de $______________ (__________________________

pesos 00/100 M. N.), que incluye el recurso que debe ser utilizado para cubrir los gastos de traslado, alimentación, hospedaje y para que partícipe de las tutorías de formación permanente; b. Proporcionar a "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO” un apoyo económico para atención médico-quirúrgica, farmacéutica y hospitalaria, en caso de accidente, enfermedad o incapacidad total permanente, por la cantidad que determine “EL CONAFE”, de acuerdo a lo que se estipula en la normatividad aplicable vigente, siempre y cuando no cuente con seguro facultativo; c. Otorgar en caso de fallecimiento durante la prestación del Servicio de "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO” a su (s) beneficiario (s) designado (s) un apoyo económico para gastos de funeral por la cantidad de $50,000.00 (cincuenta mil pesos 00/100 M.N.). Para efectos de lo anterior "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO” designa indistintamente para recibir el apoyo económico, a la (s) siguiente (s) persona (s) como su (s) beneficiario (s) a , quien (es) (son) mayor (es) de edad, mismo (s) que será (n) reconocido (s) con ese carácter por “EL CONAFE” hasta en tanto no realice nueva designación. d. Proporcionar a "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO”, asesoría y apoyo técnico pedagógico para el desarrollo de sus actividades; e. Proporcionar el material necesario para su actividad en tiempo y forma; f. Dar facilidades a "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO”, para que realice las gestiones correspondientes, cuando se encuentre estudiando, fuera del horario de la prestación del Servicio Social;

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g. Extender a "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO”, que acredite su participación en el Servicio al finalizar éste.

un documento

h. Otorgar, cuando proceda, apoyo económico para traslado, alimentación y hospedaje para reuniones de formación; i.

Otorgar de acuerdo con su capacidad presupuestaria y legal artículos para facilitar su estancia en la comunidad, según las condiciones climatológicas y características de la región donde preste su servicio;

j.

Dar un trato respetuoso por parte del personal de la Coordinación Territorial para el Servicio Educativo en el Estado de adscripción y del de Oficinas Centrales de “EL CONAFE” a "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO”.

CUARTA. - DE LA RESCISIÓN. Las partes convienen en que “EL CONAFE” tendrá la facultad de rescindir el presente convenio mediante notificación que en auxilio de la Dirección de Operación Territorial realizará el (la) Coordinador (a) Territorial para el Servicio Educativo en el Estado de adscripción, previa evidencia de incumplimiento que presenten la APEC o el personal que conforma la Coordinación Territorial para el Servicio Educativo de adscripción, sin necesidad de declaración judicial, cuando de manera enunciativa más no limitativa "EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO” incurra en los siguientes supuestos: Incumpla con sus obligaciones de coordinar, apoyar, supervisar y orientar a las y los Líderes para la Educación Comunitaria en servicio de los niveles educativos de Preescolar, Primaria y Secundaria que le sean asignados. a. Incumpla las obligaciones específicas citadas en la cláusula tercera de este convenio. b. Tenga tres inasistencias consecutivas o acumule cinco durante el proceso de formación o la prestación del Servicio sin justificación alguna. c. Ejecute acciones u omisiones que afecten el desempeño regular del Servicio. d. Incurra en faltas de honradez durante la prestación del Servicio. e. Incurra en actos de violencia, amenazas o injurias en contra de los miembros de la comunidad, de los Líderes para la Educación Comunitaria, y/o el personal de “EL CONAFE” o cualquier delito tipificado por el fuero común y federal. f. Cuando se haya dictado en su contra, una sentencia definitiva de tipo penal o administrativo. g. Realice actos que pongan en riesgo la integridad física y emocional de los alumnos, de los Líderes para la Educación Comunitaria, En este supuesto, “EL CONAFE” o la comunidad procederán a dar parte a las autoridades para que determinen lo conducente. h. Realizar actos de proselitismo político o religioso durante su estancia en las comunidades asignadas.

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i. En general por no acatar o cumplir con las disposiciones jurídicas, las políticas internas, líneas de acción, entre otras que incidan en el Servicio que presta en “EL CONAFE”. QUINTA. - DE LOS APOYOS ECONÓMICOS. Los montos del apoyo económico serán determinados y otorgados con base en los Lineamientos Generales de las Figuras Educativas en Servicio (FES) o el documento que para tal efecto genere “EL CONAFE” y demás normatividad que resulte aplicable. Se podrán otorgar apoyos adicionales pactados en el presente instrumentos para atender las necesidades en la operación de los servicios educativos de “EL CONAFE”, siempre y cuando exista suficiencia presupuestaria y con base en la normatividad que resulte aplicable. SEXTA. - DE LA TERMINACIÓN ANTICIPADA. “EL CONAFE” podrá dar por terminado a anticipadamente el presente convenio, sin responsabilidad cuando concurran razones de interés general, tales como los que se señalan a continuación de manera enunciativa más no limitativa: la instrucción, directiva, pronunciamiento o comunicado de cualesquiera autoridades competentes así como del Ejecutivo Federal en materia de austeridad, fortalecimiento, salud pública, reducción presupuestal que restrinja el gasto, entre otras, que impacten a “EL CONAFE”. SÉPTIMA.- MARCO LEGAL.- Las partes manifiestan que suscriben el presente documento con fundamento en los artículos 55 de la Ley Reglamentaria del Artículo 5o. Constitucional, 9 fracción I y 46 Ley General de Educación, 7o. y 8o. del Reglamento para la Educación Comunitaria, así como el ACUERDO número 35/12/19 por el que se emiten las Reglas de Operación del Programa Educación Inicial y Básica Comunitaria para el ejercicio fiscal 2020, Lineamientos Generales de las Figuras Educativas en Servicio y demás normatividad vigente, por lo que no constituye relación laboral alguna. En consecuencia, cualquier controversia, la resolverán de común acuerdo. OCTAVA. - VIGENCIA. La vigencia del presente convenio se inicia a partir de la fecha de su firma y por el ciclo escolar 2020-2021, pudiendo ser ampliada mediante modificación por escrito a la misma. Leídas que han sido por las partes las cláusulas del presente convenio y enteradas de su contenido y alcance legal, reconocen que no existen en el mismo, vicios de la voluntad, por lo que firman de conformidad al margen y al calce, en dos tantos, un original para cada una de las partes, en la ciudad de ___________________________a de ________________del 20___.

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POR EL CONAFE LIC. EMILIO RAMÓN RAMIRO FLORES DOMÍNGUEZ DIRECTOR DE OPERACIÓN TERRITORIAL. Certificado del funcionario: 00001000000403725615 Firma electrónica de autoridad educativa: MIIGiDCCBHCgAwIBAgIUMDAwMDEwMDAwMDA0MDcwOTQ0MjcwDQYJKoZIhvcNAQELBQAwggGyMTgwNgYDVQQDDC9BLkMuIGR lbCBTZXJ2aWNpbyBkZSBBZG1pbmlzdHJhY2nDs24gVHJpYnV0YXJpYTEvMC0GA1UECgwmU2VydmljaW8gZGUgQWRtaW5pc3RyYWNp w7NuIFRyaWJ1dGFyaWExODA2BgNVBAsML0FkbWluaXN0cmFjacOzbiBkZSBTZWd1cmlkYWQgZGUgbGEgSW5mb3JtYWNpw7NuMR8 wHQYJKoZIhvcNAQkBFhBhY29kc0BzYXQuZ29iLm14MSYwJAYDVQQJDB1Bdi4gSGlkYWxnbyA3NywgQ29sLiBHdWVycmVybzEOMAwG A1UEEQwFMDYzMDAxCzAJBgNVBAYTAk1YMRkwFwYDVQQIDBBEaXN0cml0byBGZWRlcmFsMRQwEgYDVQQHDAtDdWF1aHTDqW1v YzEVMBMGA1UELRMMU0FUOTcwNzAxTk4zMV0wWwYJKoZIhvcNAQkCDE5SZXNwb25zYWJsZTogQWRtaW5pc3RyYWNpw7NuIENlb nRyYWwgZGUgU2VydmljaW9zIFRyaWJ1dGFyaW9zIGFsIENvbnRyaWJ1eWVudGUwHhcNMTcwODAxMTQzNzM5WhcNMjEwODAxMT QzODE5WjCB9jEtMCsGA1UEAxMkRU1JTElPIFJBTU9OIFJBTUlSTyBGTE9SRVMgRE9NSU5HVUVaMS0wKwYDVQQpEyRFTUlMSU8gUkFN T04gUkFNSVJPIEZMT1JFUyBET01JTkdVRVoxLTArBgNVBAoTJEVNSUxJTyBSQU1PTiBSQU1JUk8gRkxPUkVTIERPTUlOR1VFWjELMAkGA1 UEBhMCTVgxJTAjBgkqhkiG9w0BCQEWFmVtaWxpb2Zsb3Jlc0B5YWhvby5jb20xFjAUBgNVBC0TDUZPREU1NzAyMDU3REExGzAZBgNVB AUTEkZPREU1NzAyMDVIQ0hMTU0wODCCASIwDQYJKoZIhvcNAQEBBQADggEPADCCAQoCggEBAIazj7TCF0yWpHc53f91FDUhvDjop5/ 4rr4bpJE8qetK0oD3o3Lp6+8tXGtlD0kClPcRh0SdC8O7hwkkYuzJrCpU4l5K/W1zxdGslTn8AsFSQ9MRwceGJLA2Hd8xVNLEXO0cJ3LiBRvO xdFih4WPvuydO7m2Y5RvoR27FBV9XIKOSafF+1kpartdcdpD1IG4jB+hziaJjJmY0fZknuQYDfbaBCEjo9eOprM9v0Z/q/3/jYnCB+3sqwzR/7 ESeym36+kaBtvx6nXTg7WQSMIBHCXDbzI8k+Q09Ys++IFFgbm1YWJAWzYxsWZPgzjxx+XKnwiEvgPx9bvwmc4LiD7tY3cCAwEAAaNPME 0wDAYDVR0TAQH/BAIwADALBgNVHQ8EBAMCA9gwEQYJYIZIAYb4QgEBBAQDAgWgMB0GA1UdJQQWMBQGCCsGAQUFBwMEBggrBg EFBQcDAjANBgkqhkiG9w0BAQsFAAOCAgEAo6pLiKEpJ0Ck/DpLgsOx03xbIBFCZ0FOPzrzAePEyj35Wx8pirMWRctjI5B9UsoFWxlc/u07Nl BENnZE5n0BHloFBI0VqLiDS8oH9NTpkbeYiLg5xqFtBeTkimyD7uLd9ropUe8v9esbSpZ2tn8HYUoo1dWYjjdnRMiDWypigYWzDNzHiIJHwD jzBATJOD76919phDMIp+0Pl7B59XaqT62+Vo98AYGNe+qavS3SpNUjMVjEyvrfcWzgGorIBq9VHUXrVIUkeEZ/GiwtEWu173nzCSfHK0JMI TP+IZcGQmQYftoed66+ZeMv7l4HbUbqcxPt02pryeja6PDIMORa6B9C6oXB0EU/xm4/91vxNUhfK4Ui3s5Dzv8eoTotwnL1Vd1xvT6vfCeQ SykOmQEBcNAYGA3w3IQN1+4g2rMBmF/b1k/fYTIx16ZKykIKvIJhfIKHrGA+4kXpqZ2Q7G2CgjEboK7kkxq1CiFCvWLLl1CkJKzxtZcDXUhw UUQY4BJQJ5rvtJ71klXC5wi107O61dJg2vJhPeEIUVT1pFQb7o/9uBOa4b/JM0R1bRClrz9X53u9Vm4BqPOjherIYZLCgqIdc+nzv38rLd97R+ qh1Un0yvfwkY5RzXRSni6GinwmNJIJWdPIFxZJyzEwML02vvb8DE5wrbiOg6Re63yBwWs=

LIC. JESÚS ADÁN SANTIAGO PAULINO COORDINADOR(A) TERRITORIAL PARA EL SERVICIO EDUCATIVO DE “EL CONAFE” EN EL ESTADO DE OAXACA

"EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO”

"EL (LA) ACADÉMICO(A) DE ACOMPAÑAMIENTO” RECIBE UN TANTO CON FIRMAS RESPECTIVAS DEL PRESENTE CONVENIO”.

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CONVENIO AA 20-21 OFICIAL

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